No podemos
negarnos a la realidad del país, es justo recordar
brevemente lo que ha sido
estos dos procesos
de paz durante estos casi 10 años y
la trascendencia que tendrá para nuestra
sociedad.
Me
encontraba debatiendo con colegas y compañeros sobre el actual proceso de paz y
su materialización en los Acuerdos de la Habana, la posición de cada uno de
ellos es muy respetable, argumentos sólidos y bien nutridos; para más de uno la
decepción del Plebiscito fue notoria en sus rostros, en sus preocupaciones e
incertidumbres. De todos mis allegados puedo decir que nuestra mayor motivación
como a la vez desasosiego es la Democracia, la demagogia de sus líderes,
moralismos y egos políticos, instituciones politizadas y paquidérmicas.
Para
nosotros es el inicio de afrontar la
respuesta negativa de los colombianos aunando esfuerzos para darle continuidad
a los procesos que permitieron creer en la esperanza de una paz sostenible y
duradera que refrendara la inclusión, la justicia, la diversidad, la pluralidad;
afirmando la garantía de la salud, la educación, la PAZ, la vivienda, el medio
ambiente saludable, libertad de prensa etc.
Adicional
a lo anterior, quiero comparar la Ley de
Alternatividad Penal del Proceso de Desarme, Desmovilización y Reinserción
(DD&R) del bloque Paramilitar Cacique Nutibara en el 2003 con los
Tribunales Especiales para la Paz acordados entre el Gobierno del presidente
Santos y las FARC-EP con el objetivo de interpretar los índices de impunidad en
estos procesos de paz.
En
la administración de Álvaro Uribe se resolvió la situación de los paramilitares
de forma alternativa mediante la aprobación de la Ley 795 de 2005 comúnmente
conocida como la Ley de Justicia y Paz que entró en vigor el 22 de Julio de
2005,
tras el examen de constitucionalidad, la aprobación del Congreso y la sanción
presidencial. Básicamente esta Ley de alternatividad penal establece como un
beneficio la suspensión de una pena determinada y la transformación alternativa
de la pena entre 5- 8 años de cárcel que se concede mediante el beneficiario a
la paz, la justicia, la verdad y la reparación de las víctimas proyecto que buscó
favorecer a perpetuadores de los Derechos Humanos, responsables de crímenes de
guerra y de lesa humanidad.
Este
proceso de DD&R fue catalogado por la ONG Human Rigth Watch como un Show mediático en donde los paramilitares
del Bloque Cacique Nutibara desfilaron el 28 de Noviembre de 2003 frente a las
cámaras de televisión y de prensa sin tener claridad en materia de
investigación y frente al proceso penal que se les imputó por los cargos de
crimines de lesa Humanidad, abusos contra los DH y el DIH. Sin embargo, las
penas alternativas fueron: la inhabilidad para el acceso a cargo públicos, la
inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas, la prohibición de la
tenencia o porte de armas, la prohibición a residir en ciertos lugares o acudir
a ellos, la prohibición de acercarse a las víctimas o comunicarse con ellas y
la restricción geográfica de la libertad.
Gracias
a la presión de organizaciones de defensa de los Derechos Humanos, prensa
liberal, Academia e incluso Congresistas, el gobierno cedió en las
modificaciones del Proyecto de Alternatividad Penal, la Corte Constitucional
también lo modificó y quedo hecha la Ley de Justicia y Paz considerando las
penas de cárcel a los paramilitares y la protección y reparación a las víctimas
por parte de este grupo criminal.
De
este proceso de paz cabe resaltar que fue un ejemplo exitoso a nivel mundial
por la desmovilización de 59.000 paramilitares incluyendo las remuneraciones mensuales, estudio y fondos para proyectos productivos. Estos son pagados por
los contribuyentes; aunque persisten ciertas problemáticas en las zonas
afectadas por el paramilitarismo, es de admirar que estos lugares mejoraron
porcentualmente para sus pobladores.
Por su parte, en el actual proceso de paz la
Jurisdicción Especial para la paz se encargará de partir de la investigaciones
y sentencias de la Justicia Ordinaria, en determinados casos el régimen de
ejecución será el ordinario, para los casos en que no haya responsabilidad la
Fiscalía General de la Nación apoyará la investigación y acusación de
excombatientes y se encargará de resolver los casos ya condenados con penas
impuestas.
Es
de mencionar que el Tribunal para la Paz se ocupará de los delitos no
amnistiables ni indultables como los de Lesa Humanidad, Genocidio, graves
crímenes de guerra, toma de rehenes o privación de la Libertad, torturas,
ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada, acceso carnal violento, y
otras formas de violencia sexual, sustracción y reclutamiento de menores,
además de la desaparición y el desplazamiento forzado. Cabe anotar que la
Jurisdicción Especial para la paz es incluida dentro del Sistema de Verdad,
Justicia, Reparación y No Repetición aprobado en la Habana, siendo este un
sistema integral para el tratamiento a las víctimas, el esclarecimiento de la
verdad y la reconstrucción de la memoria histórica.
En
la jurisdicción Especial para la Paz se crearán órganos de administración de
justicia que ejercerán funciones judiciales y cumplirán con el deber del Estado
de investigar, juzgar y sancionar los delitos cometidos en el contexto armado
para luchar contra los niveles de impunidad. al mismo tiempo el Sistema
Integral promulgara medidas restaurativas y reparadoras cuya pretensión no es
solo alcanzar la justicia con sanciones retributivas.
Escrita por : Kateryn Gordillo Villarraga, Politóloga E Internacionalista.
No hay comentarios:
Publicar un comentario